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Sepa lo que debe y no debe hacerse
en la celebración de la Misa
VATICANO, 23 Abr. 04 (ACI).-
La instrucción Redemptionis Sacramentum,
describe detalladamente cómo debe celebrarse la
Eucaristía
y lo que puede considerarse como "abuso grave"
durante la ceremonia. Aquí les ofrecemos un resumen de las
normas que el documento recuerda a toda la
Iglesia.
En el Capítulo I sobre la “ordenación de la Sagrada
Liturgia” se señala que:
- Compete a la Sede Apostólica ordenar
la sagrada Liturgia de la Iglesia universal, editar los
libros litúrgicos, revisar sus traducciones a lenguas
vernáculas y vigilar para que las normas litúrgicas se
cumplan fielmente.
- Los fieles tienen derecho a que la
autoridad eclesiástica regule la sagrada Liturgia de forma
plena y eficaz, para que nunca sea considerada la liturgia
como propiedad privada de alguien.
- El Obispo diocesano es el moderador,
promotor y custodio de toda la
vida litúrgica.
A él le corresponde dar normas obligatorias para todos sobre
materia litúrgica, regular, dirigir, estimular y algunas
veces también reprender.
- Compete al Obispo diocesano el derecho
y el deber de visitar y vigilar la liturgia en las iglesias
y oratorios situados en su territorio, también aquellos que
sean fundados o dirigidos por los citados institutos
religiosos, si los fieles acuden a ellos de forma habitual.
- Todas las normas referentes a la
liturgia, que la Conferencia de Obispos determine para su
territorio, conforme a las normas del derecho, se deben
someter a la recognitio de la Congregación para el Culto
Divino y la Disciplina de los
Sacramentos, sin la cual, carecen de valor legal.
En el Capítulo II sobre la “participación de los fieles
laicos en la celebración de la Eucaristía”, se establece que:
- La participación de los fieles laicos
en la celebración de la Eucaristía, y en los otros ritos de
la Iglesia, no puede equivaler a una mera presencia, más o
menos pasiva, sino que se debe valorar como un verdadero
ejercicio de la fe y la dignidad bautismal.
- Se debe recordar que la fuerza de la
acción litúrgica no está en el cambio frecuente de los
ritos, sino, verdaderamente, en profundizar en la palabra de
Dios y en el misterio que se celebra.
- Sin embargo, no se deduce
necesariamente que todos deban realizar otras cosas, en
sentido material, además de los gestos y posturas
corporales, como si cada uno tuviera que asumir,
necesariamente, una tarea litúrgica específica; aunque
conviene que se distribuyan y realicen entre varios las
tareas o las diversas partes de una misma tarea.
- Se alienta la participación de
lectores y acólitos que estén debidamente preparados y sean
recomendable por su vida cristiana, fe, costumbres y
fidelidad hacia el Magisterio de la Iglesia.
- Se alienta la presencia de
niños
o jóvenes monaguillos que realicen un servicio junto al
altar, como acólitos, y reciban una
catequesis conveniente, adaptada a su capacidad, sobre
esta tarea. A esta clase de servicio al altar pueden ser
admitidas niñas o mujeres, según el juicio del Obispo
diocesano y observando las normas establecidas.
En el Capítulo 3, sobre la “celebración correcta de la
Santa
Misa” se especifica sobre:
La materia de la Santísima Eucaristía
- El pan a consagrar debe ser ázimo, de
sólo trigo y hecho recientemente. No se pueden usar
cereales, sustancias diversas del trigo. Es un abuso grave
introducir en su fabricación frutas, azúcar o miel.
- Las hostias deben ser preparadas por
personas honestas, expertas en la elaboración y que
dispongan de los instrumentos adecuados.
- Las fracciones del pan eucarístico
deben ser repartidas entre los fieles, pero cuando el número
de estos excede las fracciones se deben usar sobre todo
hostias pequeñas.
- El vino del Sacrificio debe ser
natural, del fruto de la vid, puro y sin corromper, sin
mezcla de sustancias extrañas. En la celebración se le debe
mezclar un poco de agua. No se debe admitir bajo ningún
pretexto otras bebidas de cualquier género.
La Plegaria Eucarística
- Sólo se pueden utilizar las Plegarias
Eucarísticas del Misal Romano o las aprobadas por la Sede
Apostólica. Los sacerdotes no tienen el derecho de componer
plegarias eucarísticas, cambiar el texto aprobado por la
Iglesia, ni utilizar otros, compuestos por personas
privadas.
- Es un abuso hacer que algunas partes
de la Plegaria Eucarística sean pronunciadas por el diácono,
por un ministro laico, o bien por uno sólo o por todos los
fieles juntos. La Plegaria Eucarística debe ser pronunciada
en su totalidad, y solamente, por el sacerdote.
- El sacerdote no puede partir la
hostia en el momento de la consagración.
- En la Plegaria Eucarística no se puede
omitir la mención del
Sumo
Pontífice y del Obispo diocesano.
Las otras partes de la Misa
- Los fieles tienen el derecho de tener
una música sacra adecuada e idónea y que el altar, los
paramentos y los paños sagrados, según las normas,
resplandezcan por su dignidad, nobleza y limpieza.
- No se pueden cambiar los textos de la
sagrada Liturgia.
- No se pueden separar la liturgia de la
palabra y la liturgia eucarística, ni celebrarlas en lugares
y tiempos diversos.
- La elección de las lecturas bíblicas
debe seguir las normas litúrgicas. No está permitido omitir
o sustituir, arbitrariamente, las lecturas bíblicas
prescritas ni cambiar las lecturas y el salmo responsorial
con otros textos no bíblicos.
- La lectura evangélica se reserva al
ministro ordenado. Un laico, aunque sea religioso, no debe
proclamar la lectura evangélica en la celebración de la
Misa.
- La homilía nunca la hará un laico.
Tampoco los seminaristas, estudiantes de teología,
asistentes pastorales ni cualquier miembro de alguna
asociación de laicos.
- La homilía debe iluminar desde Cristo
los acontecimientos de la vida, sin vaciar el sentido
auténtico y genuino de la Palabra de Dios, por ejemplo,
tratando sólo de política o de temas profanos, o tomando
como fuente ideas que provienen de movimientos
pseudo-religiosos.
- No se puede admitir un “Credo” o
Profesión de fe que no se encuentre en los libros litúrgicos
debidamente aprobados.
- Las ofrendas, además del pan y el
vino, sí pueden comprender otros dones. Estos últimos se
pondrán en un lugar oportuno, fuera de la mesa eucarística.
- La paz se debe dar antes de distribuir
la sagrada Comunión, y se recuerda que esta práctica no
tiene un sentido de
reconciliación ni de perdón de los pecados.
- Se sugiere que el gesto de la paz sea
sobrio y se dé a sólo a los más cercanos. El sacerdote puede
dar la paz a los ministros, permaneciendo en el presbiterio,
para no alterar la celebración y del mismo modo si, por una
causa razonable, desea dar la paz a algunos fieles. El gesto
de paz lo establece la Conferencia de Obispos, con el
reconocimiento de la Sede Apostólica, “según la
idiosincrasia y las costumbres de los pueblos”.
- La fracción del pan eucarístico la
realiza solamente el sacerdote celebrante, ayudado, si es el
caso, por el diácono o por un concelebrante, pero no por un
laico. Ésta comienza después de dar la paz, mientras se dice
el “Cordero de Dios”.
- Es preferible que las instrucciones o
testimonios expuestos por un laico se hagan fuera de la
celebración de la Misa. Su sentido no debe confundirse con
la homilía, ni suprimirla.
Unión de varios ritos con la celebración
de la misa
- No se permite la unión de la
celebración eucarística con otros ritos cuando lo que se
añadiría tiene un carácter superficial y sin importancia.
- No es lícito unir el Sacramento de la
Penitencia con la Misa y hacer una única acción litúrgica.
Sin embargo, los sacerdotes, independientemente de los que
celebran la Misa, sí pueden escuchar confesiones, incluso
mientras en el mismo lugar se celebra la Misa. Esto debe
hacerse de manera adecuada.
- La celebración de la Misa no puede ser
intercalada como añadido a una cena común, ni unirse con
cualquier tipo de banquete. No se debe celebrar la Misa, a
no ser por grave necesidad, sobre una mesa de comedor, o en
el comedor, o en el lugar que será utilizado para un
convite, ni en cualquier sala donde haya alimentos. Los
participantes en la Misa tampoco se sentarán en la mesa,
durante la celebración.
- No está permitido relacionar la
celebración de la Misa con acontecimientos políticos o
mundanos, o con otros elementos que no concuerden plenamente
con el Magisterio.
- No se debe celebrar la Misa por el
simple deseo de ostentación o celebrarla según el estilo de
otras ceremonias, especialmente profanas.
- No se debe introducir ritos tomados de
otras religiones en la celebración de la Misa.
En el capítulo 4, sobre la “Sagrada Comunión”, se ofrecen
disposiciones como:
- Si se tiene conciencia de estar en
pecado grave, no se debe celebrar ni comulgar sin acudir
antes a la confesión sacramental, a no ser que concurra un
motivo grave y no haya oportunidad de confesarse.
- Debe vigilarse para que no se acerquen
a la sagrada Comunión, por ignorancia, los no católicos o,
incluso, los no cristianos.
- La primera Comunión de los niños debe
estar siempre precedida de la confesión y absolución
sacramental. La primera Comunión siempre debe ser
administrada por un sacerdote y nunca fuera de la
celebración de la Misa.
- El sacerdote no debe proseguir la Misa
hasta que haya terminado la Comunión de los fieles.
- Sólo donde la necesidad lo requiera,
los ministros extraordinarios pueden ayudar al sacerdote
celebrante.
- Se puede comulgar de rodillas o de
pie, según lo establezca la Conferencia de Obispos, con la
confirmación de la Sede Apostólica.
- Así pues, no es lícito negar la
sagrada Comunión a un fiel, por ejemplo, sólo por el hecho
de querer recibir la Eucaristía arrodillado o de pie.
- Los fieles tienen siempre derecho a
elegir si desean recibir la Comunión en la boca, pero si el
que va a comulgar quiere recibir el Sacramento en la mano,
se le debe dar la Comunión.
- Si existe peligro de profanación, el
sacerdote no debe distribuir a los fieles la Comunión en la
mano.
- Los fieles no deben tomar la hostia
consagrada ni el cáliz sagrado por uno mismo, ni mucho menos
pasarlos entre sí de mano en mano.
- Los esposos, en la Misa nupcial, no
deben administrarse de modo recíproco la sagrada Comunión.
- No debe distribuirse a manera de
Comunión, durante la Misa o antes de ella, hostias no
consagradas, otros comestibles o no comestibles.
- Para comulgar, el sacerdote celebrante
o los concelebrantes no deben esperar que termine la
comunión del pueblo.
- Si un sacerdote o diácono entrega a
los concelebrantes la hostia sagrada o el cáliz, no debe
decir nada, es decir, no pronuncia las palabras “el Cuerpo
de Cristo” o “la Sangre de Cristo”.
- Para administrar a los laicos Comunión
bajo las dos especies, se deben tener en cuenta,
convenientemente, las circunstancias, sobre las que deben
juzgar en primer lugar los Obispos diocesanos.
- Se debe excluir totalmente la
administración de la Comunión bajo las dos especies cuando
exista peligro, incluso pequeño, de profanación.
- No debe administrarse la Comunión con
el cáliz a los laicos donde: 1) sea tan grande el número de
los que van a comulgar que resulte difícil calcular la
cantidad de vino para la Eucaristía y exista el peligro de
que sobre demasiada cantidad de Sangre de Cristo, que deba
sumirse al final de la celebración»; 2) el acceso ordenado
al cáliz sólo sea posible con dificultad; 3) sea necesaria
tal cantidad de vino que sea difícil poder conocer su
calidad y proveniencia; 4) cuando no esté disponible un
número suficiente de ministros sagrados ni de ministros
extraordinarios de la sagrada Comunión que tengan la
formación adecuada; 5) donde una parte importante del pueblo
no quiera participar del cáliz por diversos motivos.
- No se permite que el comulgante moje
por sí mismo la hostia en el cáliz, ni reciba en la mano la
hostia mojada. La hostia que se debe mojar debe hacerse de
materia válida y estar consagrada. Está absolutamente
prohibido el uso de pan no consagrado o de otra materia.
En el capítulo 5, sobre “otros aspectos que se refieren a
la Eucaristía”, se aclara que:
- La celebración eucarística se ha de
hacer en lugar sagrado, a no ser que, en un caso particular,
la necesidad exija otra cosa.
- Nunca es lícito a un sacerdote
celebrar la Eucaristía en un templo o lugar sagrado de
cualquier religión no cristiana.
- Siempre y en cualquier lugar es lícito
a los sacerdotes celebrar el santo sacrificio en latín.
- Es un abuso suspender de forma
arbitraria la celebración de la santa Misa en favor del
pueblo, bajo el pretexto de promover el “ayuno de la
Eucaristía”.
- Se reprueba el uso de vasos comunes o
de escaso valor, en lo que se refiere a la calidad, o
carentes de todo valor artístico, o simples cestos, u otros
vasos de cristal, arcilla, creta y otros materiales, que se
rompen fácilmente.
- La vestidura propia del sacerdote
celebrante es la casulla revestida sobre el alba y la
estola. El sacerdote que se reviste con la casulla debe
ponerse la estola.
- Se reprueba no llevar las vestiduras
sagradas, o vestir solo la estola sobre la cogulla
monástica, o el hábito común de los religiosos, o la
vestidura ordinaria.
En el capítulo 6, el documento trata sobre “la reserva de
la Santísima Eucaristía y su culto fuera de la Misa”. Se
recuerda que:
- El Santísimo Sacramento debe
reservarse en un sagrario, en la parte más noble, insigne y
destacada de la iglesia, y en el lugar más apropiado para la
oración.
- Está prohibido reservar el Santísimo
Sacramento en lugares que no están bajo la segura autoridad
del Obispo o donde exista peligro de profanación.
- Nadie puede llevarse la Sagrada
Eucaristía a casa o a otro lugar.
- No se excluye el rezo del
rosario
delante de la reserva eucarística o del santísimo Sacramento
expuesto.
- El Santísimo Sacramento nunca debe
permanecer expuesto sin suficiente vigilancia, ni siquiera
por un tiempo muy breve.
- Es un derecho de los fieles visitar
frecuentemente el Santísimo Sacramento.
- Es conveniente no perder la tradición
de realizar procesiones eucarísticas.
El capítulo 7 versa sobre “los ministerios extraordinarios
de los fieles laicos”. Allí el documento especifica que:
- Las tareas pastorales de los laicos no
deben asimilarse demasiado a la forma del ministerio
pastoral de los clérigos. Los asistentes pastorales no deben
asumir lo que propiamente pertenece al servicio de los
ministros sagrados.
- Solo por verdadera necesidad se puede
recurrir al auxilio de ministros extraordinarios en la
celebración de la Liturgia.
- Nunca es lícito a los laicos asumir
las funciones o las vestiduras del diácono o del sacerdote,
u otras vestiduras similares.
- Si habitualmente hay un número
suficiente de ministros sagrados, no se pueden designar
ministros extraordinarios de la sagrada Comunión. En tales
circunstancias, los que han sido designados para este
ministerio, no deben ejercerlo.
- Se reprueba la costumbre sacerdotes
que, a pesar de estar presentes en la celebración, se
abstienen de distribuir la comunión, encomendando esta tarea
a laicos.
- Al ministro extraordinario de la
sagrada Comunión nunca le está permitido delegar en ningún
otro para administrar la Eucaristía.
- Los laicos tienen derecho a que ningún
sacerdote, a no ser que exista verdadera imposibilidad,
rechace nunca celebrar la Misa en favor del pueblo, o que
ésta sea celebrada por otro sacerdote, si de diverso modo no
se puede cumplir el precepto de participar en la Misa, el
domingo y los otros días establecidos.
- Cuando falta el ministro sagrado, el
pueblo cristiano tiene derecho a que el Obispo, en lo
posible, procure que se realice alguna celebración dominical
para esa comunidad.
- Es necesario evitar cualquier
confusión entre este tipo de reuniones y la celebración
eucarística.
- El clérigo que ha sido apartado del
estado clerical está prohibido de ejercer la potestad de
orden. No le está permitido celebrar los sacramentos. Los
fieles no pueden recurrir a él para la celebración.
El capítulo 8 está dedicados a los Remedios:
- Cualquier católico tiene derecho a
exponer una queja por un abuso litúrgico, ante el Obispo
diocesano o el Ordinario competente que se le equipara en
derecho, o ante la Sede Apostólica, en virtud del primado
del Romano Pontífice.
Para leer el texto completo puede visitar:
http://www.aciprensa.com/Docum/redemptoris04.htm
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